Cambios clave de la Ley 32353, Ley MYPE 2025: Comparativo legal con el régimen anterior
Introducción
La Ley N.º 32353, publicada el 27 de mayo de 2025, establece un nuevo marco normativo integral para la formalización, desarrollo y competitividad de la micro y pequeña empresa (MYPE) en el Perú. Sustituye a la Ley N.º 28015 de 2003 y sus modificatorias, redefiniendo los regímenes aplicables en los ámbitos tributario, laboral, de salud y pensiones.
I. Cambios Tributarios
Aspecto
Régimen Anterior (Ley 28015, D.Leg. 1086)
Ley 32353
Regímenes Impositivos
Multiplicidad (RUS, RER, RMT, general)
Multiplicidad (RUS, RER, RMT, general)
Tasa IR
Diferenciada según régimen
Diferenciada según régimen
Incentivos fiscales
No había créditos por capacitación
Crédito tributario por capacitación (1% planilla)
Fiscalización
Multas automáticas, gradualidad discrecional
Enfoque pedagógico obligatorio para infracciones leves
Formalización
Trámites costosos, libros físicos
Constitución gratuita en 48h, registros electrónicos
II. Cambios Laborales
Aspecto
Régimen Anterior
Ley 32353
Clasificación MYPE
Micro ≤ 150 UIT; Pequeña ≤ 1700 UIT
Sin cambios
Jornada y nocturno
48h/semana, sin sobretasa nocturna
Igual
Vacaciones
15 días/año (micro y pequeña)
Igual
CTS
Micro: no; Pequeña: sí (15 días/año)
Igual
Gratificaciones
Micro: no; Pequeña: 2x media RMV
Igual
Seguro vida/SCTR
Micro: no; Pequeña: obligatorios
Igual
Utilidades
Micro: no; Pequeña: sí si >20 trabajadores
Igual
Indemnización despido
Micro: 10 jornales/año; Pequeña: 20 jornales/año
Igual + nueva indemnización especial por reemplazo
Fiscalización SUNAFIL
Multas con gradualidad
Medidas educativas obligatorias ante primera infracción leve
III. Cobertura de Salud
Aspecto
Régimen Anterior
Ley 32353
Microempresa
SIS semicontributivo opcional
SIS obligatorio con subsidio 50% Estado
Pequeña empresa
EsSalud obligatorio (9%)
Igual
Cobertura
PEAS en micro, cobertura integral en pequeña
Igual
Propietarios
Micro: pueden afiliarse al SIS
Igual
Sanciones
Fiscalización limitada
SUNAFIL puede sancionar si no hay afiliación
IV. Sistema de Pensiones Sociales (SPS)
Aspecto
Régimen Anterior
Ley 32353
Obligación de aporte
ONP (13%) / AFP (10%)
SPS obligatorio para <40 años en micro
Tasa de aporte
ONP/AFP: 10%-13%
SPS: 4% RMV (S/ 41 aprox.)
Aporte estatal
No existía
Bono del Estado hasta 100% del aporte
Administración
AFP o ONP
Cuenta individual; elección de AFP/ONP
Beneficios
Pensión regular o retiro AFP
Renta vitalicia familiar (a definir en reglamento)
Conclusión
La Ley N.º 32353 representa un paso significativo hacia la formalización integral de las MYPE en el Perú, consolidando beneficios y deberes en un marco único. Para los profesionales legales y contables, supone una actualización obligatoria en su asesoría técnica. La clave del éxito será traducir esta ley en práctica efectiva para mejorar la competitividad empresarial sin sacrificar derechos laborales y sociales.