El seguro médico a favor del único trabajador y gerente general no califica como un acto de liberalidad

RTF N° 08504-11-2021

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Cuando una empresa cuenta con un accionista mayoritario que al mismo tiempo es el gerente general, sin que existan otras gerencias en la empresa, se cumple el requisito de generalidad del gasto exigido para el caso de las erogaciones a que se refiere el inciso ll) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, máxime cuando el Acta de Junta General de Accionista se aprobó el pago del seguro médico de asistencia familiar.

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Author

Mery Bahamonde Quinteros

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