Las mermas no sustentadas califican como retiro gravado con IGV

Jurisprudencia Destacada Resolución del Tribunal Fiscal Nº 02439-9-2020nnLas mermas no sustentadas según los requisitos establecidos en el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta califican como retiro gravado con IGV.nn n

Author

Mery Bahamonde Quinteros

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *