Restricciones de tránsito y de actividades comerciales a partir del 31 de enero al 14 de febrero del 2021

El Decreto Supremo N° 008-2021-PCM vigente a partir del 31/01/2021, estableció : (i) Prorrogar el estado de emergencia nacional hasta el 01/03/2021, (ii) Restricciones en el tránsito peatonal, vehicular, según nivel de alerta y (iii) Reducción de aforo y suspensión de actividades comerciales presenciales según el nivel de alerta, permitiéndo a las empresas operar mediante la realización de actividades económicas unicamente mediante el delivery.

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Si bien la norma contempla 4 niveles de alerta, ningún departamento del Perú ha sido incorporado en el “nivel de alerta moderado”, aun cuando se establecieron reglas para dicho nivel de alerta.

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A continuación un resumen de la norma:

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    Disposiciones sobre el nivel de alerta y restricciones

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    Aforo máximo según tipo de actividad

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Author

Mery Bahamonde Quinteros

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