Supuestos en los que no es aplicable la Comunicación de pago a tercero prevista en el artículo 5-A de la Ley de Bancarización

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Informe N° 038-2022-SUNAT/7T0000.

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* La comunicación a Sunat por pago a tercero distinto al proveedor prevista en el artículo 5-A de la Ley de Bancarización puede ser realizada por el proveedor o por el adquirente.

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* La comunicación antes mencionada NO es aplicable a los supuestos en los que el proveedor designa a un tercero para el cobro, o el adquirente designa a un tercero para el pago al proveedor, ni cuando el pago es realizado por un tercero quien luego recibirá un reembolso.

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Author

Mery Bahamonde Quinteros

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