Tasa reducida Impuesto a la Renta del sector agrario aplicables a la Acuicultura, Ley Forestal y Fauna Silvestre y Ley de Amazonía

Decretos Legislativos Nº 1515 y 1517nnLey General de Acuicultura y la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se aplica los beneficios del IR aplicable al sector agrario Ley 31110  y la depreciación excepcional:nnn

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    • Decreto Supremo Nº 399-2021-EF
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    nSe incorpora a la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía se califica como como de cultivo nativo y/o alternativo en la Amazonía; por lo tanto, la venta de huasaí o asaí, ungurahui y cinamillo en la relación de productos calificados como cultivo nativo y/o alternativo se encontrarán exonerados del Impuesto a la Renta a partir del 01/01/2022.

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Author

Mery Bahamonde Quinteros

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