Emisión excepcional de factura gravada con IGV en la Amazonía: ¿se pierde el beneficio tributario?
Introducción
En la aplicación de los beneficios tributarios de la Amazonía, una de las dudas más recurrentes surge cuando el contribuyente, acogido a la exoneración del IGV, emite de manera excepcional una factura gravada. Esta situación genera el temor de una eventual pérdida del beneficio, por lo que resulta necesario analizar el marco legal y el criterio administrativo vigente.
1. Alcance del beneficio tributario de la Amazonía respecto del IGV
La Ley de Promoción e Inversión en la Amazonía establece un régimen especial de exoneración del IGV para los sujetos que cumplen los requisitos previstos en dicha norma. Este beneficio tiene naturaleza objetiva y se aplica a las operaciones realizadas en el ámbito geográfico de la Amazonía, siempre que se mantengan las condiciones legales para su goce.
La norma no condiciona la exoneración a una conducta ininterrumpida del contribuyente ni establece supuestos de pérdida automática del beneficio por errores u operaciones aisladas.
2. Emisión de una factura gravada con IGV y ausencia de renuncia expresa
Un aspecto central del análisis es que la Ley de Promoción e Inversión en la Amazonía no ha previsto la figura de la renuncia a la exoneración del IGV. En ese sentido, la sola emisión de una factura en la que se desagrega el IGV no constituye, por sí misma, una manifestación de voluntad destinada a renunciar al beneficio tributario.
La exoneración no se pierde por actos aislados o excepcionales, en tanto no exista una disposición legal expresa que así lo determine.
3. Criterio administrativo de SUNAT sobre la no pérdida del beneficio
La SUNAT ha precisado este criterio en la Carta N.º 071-2013-SUNAT/200000. En dicho pronunciamiento, la Administración Tributaria ha señalado expresamente que el hecho de consignar IGV en una factura emitida por un sujeto acogido al régimen de la Amazonía no implica una renuncia ni la pérdida del beneficio de exoneración.
Este criterio administrativo resulta consistente con la naturaleza del beneficio y con la inexistencia de una norma que sancione la emisión aislada de una factura gravada con la pérdida del régimen especial.
4. Aplicación del criterio administrativo a los casos concretos
En la práctica, cuando un contribuyente acogido al beneficio de la Amazonía emite por única vez una factura gravada con IGV, dicha operación no genera, de manera automática, la exclusión del régimen ni la pérdida del beneficio para operaciones futuras. No obstante, ello no exonera de la obligación de analizar la correcta determinación del impuesto consignado y su eventual regularización.
Como recomendación técnica, resulta conveniente revisar la operación específica, evaluar si corresponde su corrección y mantener una adecuada consistencia en la facturación posterior, a fin de evitar observaciones en eventuales procedimientos de fiscalización.
5. Recomendación preventiva para mantener el beneficio tributario
Desde una perspectiva preventiva, se recomienda que los sujetos acogidos al beneficio de la Amazonía implementen controles internos en la emisión de comprobantes de pago, de modo que las operaciones exoneradas se documenten correctamente. Ello permitirá reducir contingencias y asegurar la continuidad del beneficio tributario conforme al marco legal vigente.
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Nota legal de autoría:
Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster Tributación y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegido por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.