Requisitos tributarios para acreditar la fehaciencia de descuentos por ventas

Introducción

Las empresas suelen aplicar descuentos comerciales como parte de sus estrategias de ventas, ya sea para impulsar la rotación de inventarios, atender variaciones en la demanda o incentivar compras recurrentes. Sin embargo, aunque la fijación de precios es una decisión empresarial, la acreditación tributaria de dichos descuentos exige el cumplimiento estricto de los requisitos previstos en la normativa del Impuesto General a las Ventas y en la jurisprudencia del Tribunal Fiscal, especialmente cuando se busca sustentar la disminución del débito fiscal mediante una nota de crédito.


1. Requisitos tributarios para sustentar descuentos según el Reglamento del IGV

El numeral 13 del artículo 5° del Reglamento de la Ley del IGV establece que los descuentos solo pueden reducir la base imponible cuando obedecen a circunstancias como pago anticipado, volumen u otros supuestos análogos, siempre que sean de carácter general para todos los casos en los que se presenten condiciones similares. Esta exigencia garantiza que el descuento tenga un fundamento comercial objetivo y no una finalidad elusiva o distorsionadora del cálculo del impuesto.

Por ello, aunque los descuentos puedan otorgarse a cualquier tipo de cliente, SUNAT verificará que el descuento tenga sustento documentario previo al otorgamiento y que corresponda a una política comercial vigente y aplicable a operaciones comparables.


2. Documentación necesaria para acreditar la fehaciencia del descuento en fiscalización SUNAT

El Tribunal Fiscal, en la Resolución N.° 09107-10-2017, ha señalado que el proveedor debe contar con documentación que respalde de manera fehaciente el descuento otorgado. La acreditación puede efectuarse mediante políticas de descuento formalmente aprobadas o acuerdos comerciales suscritos con el cliente, dependiendo de la modalidad aplicada.

En ambos casos, la documentación debe haber sido emitida con anterioridad a la nota de crédito y tener constancia de recepción o firma del cliente, conforme al criterio establecido en la Resolución N.° 08591-10-2015, que precisa que dicho documento solo adquiere valor probatorio si existe evidencia de su entrega al adquirente.

3. Sustento específico según la modalidad del descuento otorgado

Además del sustento contractual o de políticas comerciales, el contribuyente deberá acreditar con documentación específica la circunstancia que originó el descuento. Esto implica demostrar que se cumplen las condiciones previstas en la política o acuerdo comercial aplicable.

En los descuentos por volumen, se deberán presentar cotizaciones, órdenes de servicio o facturas que acrediten el volumen global adquirido y la aplicación correcta del parámetro de descuento. En los descuentos por pago anticipado, debe acreditarse la cancelación anticipada mediante comprobantes de pago y la trazabilidad del medio utilizado. Finalmente, en los descuentos otorgados por productos defectuosos o descontinuados, se deberá contar con un informe técnico que sustente el desmedro y la razón comercial que justifica la reducción del precio.

4. Importancia de formalizar políticas de descuento para evitar contingencias tributarias

La experiencia demuestra que uno de los principales reparos formulados por SUNAT durante las fiscalizaciones es la falta de documentación que acredite la transparencia y razonabilidad del descuento. Por ello, es indispensable que las empresas formalicen sus políticas de ventas mediante documentos internos o contractuales, los cuales deben describir las condiciones objetivas para la aplicación de descuentos, garantizando su coherencia y aplicabilidad comercial.

Esta formalización permitirá que la nota de crédito emitida reduzca válidamente el débito fiscal del IGV y evitará reparos por supuestos descuentos no fehacientes.

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Nota legal de autoría

Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster en Derecho Tributario y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegida por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.

Author

Mery Bahamonde Quinteros