Libros contables obligados a llevar en el año 2023

Introducción

El valor de la Unidad Impositiva Tributaria constituye un parámetro esencial dentro del sistema tributario peruano, no solo para la determinación de tributos, multas o beneficios fiscales, sino también para establecer las obligaciones formales de los contribuyentes. En ese contexto, el valor de la UIT vigente para el ejercicio 2023 resulta determinante para identificar qué libros y registros contables deben llevar obligatoriamente los contribuyentes perceptores de rentas de tercera categoría, así como el alcance de dicha obligación.

La adecuada identificación de los libros exigibles no es un aspecto menor, pues su incumplimiento puede generar contingencias tributarias relevantes durante un procedimiento de fiscalización por parte de la SUNAT.

1. La UIT 2023 como parámetro para la obligación de llevar libros contables

Para el ejercicio gravable 2023, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria fue fijado en S/ 4,950. Este valor constituye la base de cálculo para determinar los tramos de ingresos brutos anuales que definen la obligación de llevar determinados libros y registros contables, conforme a lo dispuesto por la normativa tributaria vigente.

En el caso de los contribuyentes perceptores de rentas de tercera categoría, la obligación de llevar libros contables se determina en función de los ingresos brutos anuales obtenidos en el ejercicio anterior, expresados en Unidades Impositivas Tributarias. Dicho criterio se encuentra regulado principalmente por la Resolución de Superintendencia N.° 234-2006/SUNAT y sus normas modificatorias, que establecen los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que deben llevar los contribuyentes, así como su forma y condiciones.

2. Implicancias prácticas del valor de la UIT 2023 en los libros contables obligatorios

El valor de la UIT 2023 incide directamente en la identificación del número y tipo de libros contables exigibles, pues permite determinar si el contribuyente se encuentra obligado a llevar únicamente registros básicos o, por el contrario, un conjunto más amplio de libros contables completos.

En la práctica, ello implica que los contribuyentes deben evaluar con precisión el nivel de ingresos alcanzado durante el ejercicio 2022, a fin de verificar si superaron los límites expresados en UIT que activan obligaciones formales adicionales. Una evaluación incorrecta puede derivar en la omisión de libros exigibles o en la llevanza incompleta de los mismos, situaciones que suelen ser observadas por la SUNAT durante las fiscalizaciones definitivas o parciales.

Asimismo, es importante considerar que la obligación no solo recae en la llevanza material de los libros, sino también en su legalización, atraso permitido, anotación oportuna y conservación, conforme a las reglas establecidas en el Código Tributario y las resoluciones emitidas por la SUNAT.

3. Riesgos tributarios asociados a la incorrecta determinación de los libros obligatorios

La incorrecta determinación de los libros contables obligatorios, derivada de una mala interpretación del valor de la UIT 2023 o de los límites de ingresos establecidos por la norma, puede generar contingencias tributarias relevantes. Entre ellas, se encuentran la aplicación de sanciones por infracciones formales, la pérdida de la fehaciencia de costos y gastos, así como reparos en el Impuesto a la Renta durante un procedimiento de fiscalización.

Por ello, resulta indispensable que los contribuyentes de tercera categoría adopten un enfoque preventivo, revisando de manera periódica sus obligaciones contables y tributarias, y adecuando su sistema contable a los parámetros normativos vigentes para cada ejercicio.

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Nota legal de autoría
Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster en Derecho Tributario y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegida por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.

Author

Mery Bahamonde Quinteros