Base imponible del Aporte a Essalud por trabajadores agrarios afiliados regulares contratados por menos de un mes

Introducción
La determinación correcta de la base imponible del aporte a EsSalud en el sector agrario es clave para el cumplimiento laboral-tributario. La SUNAT ha precisado el tratamiento aplicable cuando se contrata a trabajadores agrarios afiliados regulares por períodos inferiores a un mes calendario.

1. Marco normativo aplicable al sector agrario y al aporte a EsSalud

Las empresas acogidas a la Ley N.° 31110, que regula el régimen laboral y tributario del sector agrario, se encuentran sujetas a reglas específicas para el cálculo de aportes a la seguridad social. En este contexto, el aporte a EsSalud debe determinarse conforme a las disposiciones generales y a los criterios interpretativos emitidos por la Administración Tributaria.

2. Interpretación de la SUNAT sobre la base imponible mínima

Mediante el Informe N.° 000008-2022-SUNAT/7T0000, la SUNAT ha interpretado que cuando una empresa del sector agrario contrata a trabajadores afiliados regulares a EsSalud por períodos inferiores a un mes calendario, corresponde considerar como base imponible mínima del aporte a EsSalud el equivalente a una Remuneración Mínima Vital (RMV).

Este criterio implica que, aun cuando la remuneración efectivamente percibida por el trabajador sea proporcional al tiempo laborado y menor a la RMV, el empleador deberá efectuar el aporte tomando como referencia dicha base mínima.

3. Aplicación estricta del criterio administrativo

El criterio contenido en el informe citado debe aplicarse de manera estricta, en tanto constituye una interpretación oficial de la SUNAT sobre la normativa vigente. No resulta procedente efectuar una prorrata de la RMV en función de los días laborados cuando se trata de trabajadores agrarios afiliados regulares contratados por menos de un mes.

Desde una perspectiva práctica, este criterio impacta directamente en la planificación de costos laborales de las empresas agrarias, por lo que debe ser considerado al momento de estructurar los contratos y calcular las obligaciones sociales.

4. Recomendaciones para las empresas del sector agrario

Como recomendación, se sugiere que las empresas del sector agrario revisen sus políticas de contratación temporal y verifiquen que el cálculo del aporte a EsSalud se efectúe sobre la base mínima de una RMV en los supuestos señalados. Asimismo, es aconsejable documentar adecuadamente las condiciones contractuales y mantener un control interno que permita cumplir correctamente con las obligaciones frente a EsSalud y evitar contingencias en eventuales fiscalizaciones.

La aplicación adecuada del criterio SUNAT contribuye a una gestión laboral-tributaria ordenada y alineada con la normativa vigente.

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Nota legal de autoría:
Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster Tributación y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegido por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.

Author

Mery Bahamonde Quinteros