Cambios introducidos en el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos y Registro de Compras Electrónicos que se presentan mediante el SIRE
Introducción
El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) se ha convertido en una herramienta central dentro del proceso de digitalización del cumplimiento tributario en el Perú. En este contexto, resulta necesario revisar las disposiciones vigentes y los cambios normativos introducidos en el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos y en el Registro de Compras Electrónico, a fin de evitar contingencias derivadas de un incorrecto llevado de los libros electrónicos.
1. Postergación de la obligación de llevar el RVIE y el RCE mediante el SIRE
Como se recordará, la Resolución de Superintendencia N.° 190-2022/SUNAT dispuso la postergación de la designación de los sujetos obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos y el Registro de Compras Electrónico a través del SIRE. Dicha postergación se mantiene vigente y tuvo como finalidad permitir a los contribuyentes y a la propia Administración Tributaria adecuar sus sistemas y procesos al nuevo esquema de presentación de los registros electrónicos.
Esta resolución no eliminó la obligación de llevar los registros, sino que difirió la exigibilidad del uso del SIRE como única vía de generación y presentación del RVIE y del RCE para determinados contribuyentes.
2. Cambios introducidos por la Resolución de Superintendencia N.° 138-2023/SUNAT
Posteriormente, la Resolución de Superintendencia N.° 138-2023/SUNAT incorporó modificaciones relevantes en el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos y en el Registro de Compras Electrónico que se presentan mediante el SIRE. Estos cambios están orientados a perfeccionar la información contenida en ambos registros, así como a reforzar los mecanismos de control y validación automática de la información tributaria.
Las modificaciones introducidas impactan directamente en la forma de consignar determinadas operaciones, por lo que su correcta aplicación resulta indispensable para evitar observaciones durante procesos de fiscalización o cruces de información realizados por la SUNAT.
3. Implicancias prácticas del nuevo esquema del SIRE para los contribuyentes
La implementación progresiva del SIRE implica que los contribuyentes deben revisar con especial cuidado la consistencia entre la información declarada en sus comprobantes de pago electrónicos y la que se registra en el RVIE y el RCE. Cualquier inconsistencia puede generar alertas automáticas, requerimientos de información o reparos en procedimientos de fiscalización.
Desde una perspectiva práctica, es recomendable que los contribuyentes realicen revisiones periódicas de sus registros electrónicos, validen oportunamente las propuestas de registros generadas por el SIRE y mantengan respaldos documentales que sustenten las operaciones anotadas, especialmente en aquellos casos en los que se efectúen ajustes o correcciones.
4. Recomendación frente a eventuales fiscalizaciones
Si bien las resoluciones analizadas no constituyen criterios jurisprudenciales, su correcta aplicación resulta clave en el marco de las facultades de fiscalización de la SUNAT. En ese sentido, ante cualquier observación vinculada al RVIE o al RCE presentados mediante el SIRE, el contribuyente debe sustentar que ha cumplido con las disposiciones vigentes al momento de la presentación, considerando las postergaciones y modificaciones normativas aplicables.
Como recomendación, resulta prudente documentar internamente los criterios utilizados para el registro de operaciones y capacitar al personal contable en el uso del SIRE, a fin de reducir riesgos tributarios futuros.
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Nota legal de autoría:
Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster Tributación y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegido por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.