Reporte de Ventas para declaración IGV-Renta a partir del 01/12/2021

Introducción

A partir del 1 de diciembre de 2021, la SUNAT pone a disposición de determinados contribuyentes una nueva herramienta de apoyo para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias: el Reporte de Ventas. Esta medida busca facilitar la determinación del IGV y del Impuesto a la Renta, especialmente para aquellos contribuyentes que, aun siendo emisores electrónicos, no se encuentran obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica.

1. Marco normativo del Reporte de Ventas aprobado por la SUNAT

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000123-2021/SUNAT, la Administración Tributaria aprueba el Reporte de Ventas y lo pone a disposición para su uso facultativo. Esta resolución se enmarca en el proceso de transformación digital impulsado por la SUNAT, orientado a optimizar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y a reducir los costos de cumplimiento para los contribuyentes.

2. Contribuyentes comprendidos en el uso facultativo del Reporte de Ventas

El Reporte de Ventas está dirigido a aquellos contribuyentes que no se encuentran obligados a llevar su Registro de Ventas e Ingresos en forma electrónica, pero que sí tienen la calidad de emisores electrónicos de comprobantes de pago, así como de notas de crédito y notas de débito. En estos casos, la SUNAT consolida la información proveniente de los comprobantes electrónicos emitidos, poniendo a disposición del contribuyente un reporte referencial para la determinación de sus tributos.

3. Contenido del Reporte de Ventas y su utilidad tributaria

El Reporte de Ventas contiene información detallada de las operaciones de venta sustentadas en comprobantes de pago electrónicos, incluyendo las notas de crédito y de débito emitidas en el período. Este reporte permite al contribuyente contrastar la información registrada por la SUNAT con sus propios controles internos, facilitando la correcta declaración del IGV y del Impuesto a la Renta. No obstante, debe tenerse presente que su uso es referencial y no sustituye la responsabilidad del contribuyente de verificar la exactitud y completitud de la información declarada.

4. Uso del Reporte de Ventas en la declaración del IGV y del Impuesto a la Renta

Desde una perspectiva práctica, el Reporte de Ventas constituye una herramienta de apoyo para la elaboración de las declaraciones mensuales del IGV y de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. Si bien su utilización es facultativa, se recomienda a los contribuyentes emplearlo como un mecanismo de validación previa, a fin de minimizar errores u omisiones que puedan derivar en observaciones o procesos de fiscalización por parte de la SUNAT.

5. Alcances y límites del Reporte de Ventas frente a procesos de fiscalización

Es importante precisar que el Reporte de Ventas no tiene naturaleza de registro contable ni reemplaza los libros y registros exigidos por la normativa tributaria. En consecuencia, ante un eventual procedimiento de fiscalización, la SUNAT evaluará la información contenida en los comprobantes de pago, así como la documentación sustentatoria correspondiente. Por ello, el uso del reporte debe ir acompañado de una adecuada gestión documental y contable por parte del contribuyente.

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Nota legal de autoría:
Este artículo es de autoría de la Dra. Mery Bahamonde Quinteros, abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster en Tributación y Política Fiscal por la Universidad de Lima. Esta obra se encuentra protegida por normas de propiedad intelectual. Su reproducción total o parcial sin autorización previa está prohibida.

Author

Mery Bahamonde Quinteros