Percepciones al IGV por venta de bienes y combustible “deberá” constar en el comprobante de pago

Resolución de Superintendencia Nº 000126-2021/SUNATnnEl agente de percepción designado por SUNAT por “comercialización de combustible” y “venta de bienes” deberá consignar la percepción en el comprobante de pago electrónico como información no necesariamente impresa.nn

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Mery Bahamonde Quinteros

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