SUNAT precisa tratamiento de comercialización de software y claves de acceso a base de datos accesible a través de internet
SUNAT Interpreta: n
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- No corresponde que la empresa domiciliada comercializadora de software y licencias de uso descargadas a través de internet retenga el impuesto a la renta de fuente peruana al proveedor no domiciliado por cuanto no existe presencialidad en el país del sujeto no domiciliado. n
- La comercialización de llaves de acceso a bases de datos de sujetos no domiciliados califica como venta de bienes muebles intangibles gravado con IGV cuando la empresa comercializadora y el usuario califica como sujetos domiciliado.</p>n