SUNAT amplía plazo para uso de tickets de salida en traslados portuarios: Nueva prórroga para el uso de la Guía de Remisión Electrónica

Introducción

El 24 de abril de 2025, la SUNAT publicó la Resolución de Superintendencia N.º 000133-2025/SUNAT, mediante la cual se modifica la vigencia de la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia N.º 000240-2024/SUNAT, relativa a la derogación parcial de los supuestos de excepción al uso de guías de remisión para operaciones vinculadas al comercio exterior.
En este artículo analizamos los fundamentos, alcances y efectos prácticos de esta postergación normativa, enfocándonos en su impacto para los operadores de comercio exterior en el Perú.

Marco Normativo y Contexto

La guía de remisión constituye, conforme al Reglamento de Comprobantes de Pago (aprobado por Resolución de Superintendencia N.º 007-99/SUNAT), el documento que sustenta el traslado de bienes a nivel nacional.
Sin embargo, el numeral 3.2.9 del artículo 21 del RCP contempla una excepción específica para operaciones de comercio exterior: el traslado de bienes desde terminales portuarios hasta almacenes aduaneros o locales considerados como zona primaria puede ser sustentado únicamente con el “ticket de salida” emitido por el administrador portuario, siempre que este contenga la información mínima requerida.

Este modelo de excepción había sido previsto para facilitar los procesos de despacho en zonas portuarias y evitar demoras logísticas en el traslado de mercancías ingresadas al país.

No obstante, con el avance de la implementación de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) —obligatoria para todos los contribuyentes a partir del 1 de enero de 2024—, la SUNAT había dispuesto, mediante la Resolución N.º 000240-2024/SUNAT, que el ticket de salida dejara de ser válido como sustento a partir del 30 de junio de 2025.
Desde esa fecha, la única forma válida para sustentar el traslado de bienes en zona primaria sin destinación aduanera o sin levante sería la emisión de la GRE.

n este tipo de operaciones, riesgo que podría generar problemas operativos y congestión en el comercio exterior.

Medida Adoptada: Modificación de la Vigencia

A efectos de evitar un quiebre operativo en el traslado de bienes y brindar un plazo razonable de adecuación, la SUNAT decidió:

  • Postergar la entrada en vigor de la derogación del acápite 3.2.9.1 del numeral 3.2.9 del artículo 21 del RCP.
  • Establecer que dicha derogación entrará en vigor el 1 de julio de 2026 (no el 30 de junio de 2025 como inicialmente previsto).

De esta forma, los operadores podrán continuar utilizando el ticket de salida como documento sustentatorio para el traslado de bienes desde terminales portuarios hasta almacenes aduaneros o zonas primarias, hasta el 30 de junio de 2026.

La Resolución N.º 000133-2025/SUNAT entró en vigencia el 28 de abril de 2025, al día siguiente de su publicación.

Conclusiones

  • SUNAT reconoce la necesidad de otorgar más tiempo a los operadores de comercio exterior para implementar los sistemas requeridos para la emisión de Guías de Remisión Electrónicas.
  • El ticket de salida seguirá vigente como documento de sustento para el traslado de bienes desde terminales portuarios hacia almacenes aduaneros hasta el 30 de junio de 2026.
  • Se reitera la finalidad de integrar progresivamente los procedimientos aduaneros y tributarios bajo un modelo único de control basado en la trazabilidad electrónica mediante la GRE.

Esta postergación representa un plazo de adecuación crítico para que los operadores logísticos, agentes de aduana, transportistas y consignatarios implementen correctamente sus procedimientos y tecnología, evitando futuras contingencias tributarias y aduaneras.

Author

Mery Bahamonde Quinteros

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